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Se prohíbe encender fuego en el campo

17/04/2023

Se prohíbe encender fuego en el campo

Orden de 11 de abril de 2023, por la que se adoptan medidas excepcionales y temporales en materia de prevención, vigilancia y extinción de incendios forestales.

Dado que ha concluido el periodo de suspensión anteriormente dictado sin que las condiciones meteorológicas hayan cambiado, persistiendo un alto riesgo de incendio forestal debido a la ausencia de precipitaciones y elevadas temperaturas, en el BOJA de 11 de abril, se publica la Orden de 11 de abril de 2023, por la que se prorroga la Orden del 31/03/2023 dictada por la Junta de Andalucía, hasta las 23:59 horas del día 24 de abril de 2023.

LA JUNTA DE ANDALUCÍA ACUERDA:

1. Suspensión de las autorizaciones y notificaciones de quema y suspensión del uso del fuego en zonas recreativas y de acampada acondicionadas para su empleo.

2. La citada suspensión, así como el empleo del fuego se extiende a todos los terrenos forestales y a las zonas de influencia forestal de todo el territorio andaluz.

3. La suspensión temporal dictada se extenderá hasta las 23:59 horas del día 24 de abril de 2023.

4. Se adelanta la época de peligro medio de incendios forestales a las 00:00 horas del día 15 de abril de 2023.

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